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domingo, 17 de diciembre de 2017


LA RESPONSABILIDAD SOCIAL Y LA ORIENTACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN AL BIEN COMÚN.


Según  (Parra, 2006) La responsabilidad social no es una cuestión puramente técnica o económica. Detrás de un comportamiento de la organización que es bueno, desde el punto de vista ético, se encuentra la justificación que hace legítima su existencia. Más allá del reconocimiento social o de la aceptación pública de una organización, está la reflexión acerca de su sentido, de su razón de ser, en la sociedad.

Existen tres principios éticos básicos de responsabilidad social, que se desprenden directamente de esta necesidad de cooperar al bien común, y que son por tanto fundamentos de la legitimidad ética de las organizaciones.
Fuente: (Parra, 2006)

El principio de respeto a los derechos humanos constituye un principio ético básico de responsabilidad social que puede enunciarse como el deber que tiene toda organización de respetar los derechos fundamentales de la persona, precisamente por el hecho de ser personas.
El principio de solidaridad, constituye un principio ético de responsabilidad social que establece que los individuos y los grupos sociales han de contribuir al bien de la sociedad a la que pertenecen de acuerdo con su propia naturaleza y capacidades.
El principio de subsidiariedad, constituye un principio ético de responsabilidad social que establece que las estructuras sociales de orden superior han de respetar y promover la iniciativa y la actividad de las organizaciones con miras al bien común, y éstas a su vez han de hacer lo mismo con las personas individuales.

BIBLIOGRAFÍA



Parra, M. G. (2006). Ética en las organizaciones: construyendo confianza. Pearson Educación.

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